Recuperaciones, ampliaciones, u otras obras de carácter menor deberán de cumplir con menores requisitos municipales.
Interesados en permisos para obras menores no podrán solicitar más de 3 por año.
Tras la reforma a la Ley de Construcciones que se aprobó en la Asamblea Legislativa a inicios del mes de setiembre del 2017, las edificaciones a obras menores ya no deben de cumplir con los requisitos que anteriormente se solicitaban en las diferentes municipalidades del país.
La normativa anterior data de hace 50 años, y fue hasta el 2017 que se efectúo la reforma en la Asamblea Legislativa; en el pasado se exigía que todas las construcciones cuyo costo superase los ¢5.000 (cinco mil colones) debían de pagar los permisos del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA ).
Gracias a la nueva Ley, que obligó a las Municipalidades del país a acatar tal orden, nuestra corporación municipal también procedió a modificar el reglamento con el que anteriormente se contaba, se actualizó e incorporó la nueva sección llamada “Regulación de Obras Menores” En esta se detallan aspectos sobre el trámite que se debe de seguir para la obtención del permiso correspondiente a obras que no sobrepasen los 2,3 millones de colones.
Como Municipalidad, se deberá de velar por el control y la supervisión de cualquier recuperación, remodelación, ampliación u otras obras de carácter menor que se realicen en esta jurisdicción sin perjuicio de las facultades que las leyes concedan en esta materia a otros órganos administrativos.
Lo anterior se ejecutará con el propósito de regular todas las actividades, requisitos y trámites pertinentes y necesarios, a efecto de que el contribuyente logre obtener los respectivos permisos de construcción.
Dentro del nuevo reglamento se establecen varias normas, entre ellas y una de las consideraras de gran importancia está que un plazo no mayor a un año, las personas solicitantes de permisos de construcción para obras menores no podrán excederse a 3 solicitudes durante el periodo de 12 meses.
Al entrar en vigencia el reglamento y la sección de Regulación de Obras Menores no elimina procesos, sino que con esto se evita el pago del visado ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) por cada obra que se vaya a construir, es decir, el trámite deberá de presentarse ante la Municipalidad, y además se deberá de aportar la descripción de la obra, croquis, y el debido presupuesto; esto sumándole los requisitos que se encuentran dentro del respectivo reglamento.
Cabe destacar, que este reglamento se estableció siguiendo las normas brindadas por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA ). La publicación oficial en La Gaceta se realizó el 20 de julio del presente año, Alcance Nº 134 a La Gaceta Nº 132, del 20 de julio del 2018.
En caso de dudas y/o consultas dirigirse al Departamento de Ingeniería y Construcciones de la Municipalidad de Carrillo.
Ingeniera Maureen Brenes Acuña: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / 2688-8039 Ext 1071.